En el estado de Washington, es un delito si su pareja lo lastima físicamente, lo obliga a tener relaciones sexuales, amenaza con lastimar o matar a sus hijos, lo acecha o acosa, o destruye su propiedad. Todas las formas de violencia doméstica son perjudiciales y deben tomarse en serio.
¿Qué es la violencia doméstica?
La violencia doméstica puede adoptar muchas formas: el abuso puede ser físico, emocional, sexual, financiero o psicológico. No importa la forma, todo tipo de abuso es perjudicial. El abuso le puede ocurrir a cualquier persona, independientemente de su raza, religión, cultura, nivel socioeconómico, estado civil, género u orientación sexual.
La ley del estado de Washington define los delitos de violencia doméstica como prácticamente cualquier acto criminal cometido por un “integrante de la familia o del hogar” contra otro. La ing County District Court - East Division se ocupa de delitos menores de violencia doméstica que incluyen lo siguiente: agresión, destrucción de propiedad, acoso y acoso telefónico, intimidación con un arma, peligro imprudente e infracción de órdenes de protección de no contacto o de violencia doméstica.
Con la denominación “integrante de la familia o del hogar” se hace referencia a lo siguiente:
- Personas que han estado o están casadas, o que residieron o residen juntas.
- Personas que han estado o están en una relación de noviazgo, siempre que ambas partes tengan al menos dieciséis años.
- Personas que tienen un hijo en común.
- Padres e hijos, y padrastros e hijastros.
- Abuelos y nietos (incluidos los abuelos y nietos adoptivos).
- Hermanos adultos.
Los delitos de violencia doméstica manejados por la Prosecutor's Office de la City of Bellevue son delitos menores, punibles con hasta 90 días de cárcel y una multa de $1,000, o delitos menores graves, punibles con hasta 364 días de cárcel y una multa de $5,000.
Generalmente, una persona que ha sido condenada por agresión por violencia doméstica no puede poseer un arma de fuego ni obtener un permiso para portar armas ocultas en el estado de Washington. La infracción de esta disposición es un delito grave.
Servicios de apoyo
Información, asistencia y recursos para víctimas de violencia doméstica.
- Eastside Legal Assistance Program (ELAP): es una organización sin fines de lucro que brinda servicios legales civiles de alta calidad y sin costo a sobrevivientes de violencia doméstica en todo el condado de King, Washington, y a residentes de bajos ingresos del este y noreste del condado de King.
- 425-747-7274
- Sitio web
- Northwest Immigrant Rights Project: brinda asesoramiento, información, representación y educación legal relacionada con la inmigración a residentes del estado de Washington de bajos ingresos.
- 206-587-4009 o 1-800-445-5771
- Sitio web
- Lawyer Referral and Information Service de la King County Bar Association: evalúa la necesidad de asistencia legal y remite a un abogado o recurso comunitario apropiado.
- 206-267-7010
- Sitio web
- LifeWire: esta organización ha estado brindando servicios y programas de violencia doméstica a la comunidad desde 1982. Los programas que ofrece incluyen una línea de crisis las 24 horas, refugio de emergencia confidencial, planificación de seguridad, defensa legal, viviendas de transición y grupos de apoyo para víctimas de violencia doméstica y sus hijos. Todos los servicios son gratuitos.
- 425-746-1940 o 1-800-827-8840
- Sitio web
- Abused Deaf Women’s Advocacy Services (ADWAS): servicios para víctimas de violencia doméstica que son sordas, sordas y ciegas o con problemas de audición. Entre los servicios, se incluyen hogares seguros, línea de crisis las 24 horas, planificación de seguridad, terapia, grupos de apoyo y defensa legal, médica e infantil.
- 206-726-0093 (teléfono de texto [teletypewriter, TTY])
- Sitio web
- Chaya: servicios de defensa confidenciales para mujeres del sur de Asia que han sido víctimas de violencia doméstica. El personal es bilingüe en bengalí, gujarati, hindi, kannada, marathi, punjabi, tamil y urdu.
- 206-325-0325 o 1-877-922-4292
- Sitio web
- Chinese Information and Services Center: un centro de servicios múltiples que incluye defensa, planificación de seguridad y asesoría para víctimas de violencia doméstica y sus hijos. El personal es bilingüe en mandarín, cantonés, tishanés, taiwanés, fujianés y camboyano.
- 206-624-5633
- Sitio web
- Consejo Counseling and Referral Services: ofrece asesoría, planificación de seguridad, grupos de apoyo, defensa legal y médica, y vivienda de transición para mujeres latinas o hispanas que han sido víctimas de violencia doméstica. El personal es bilingüe en español.
- 206-461-4880 o 206-753-7006, línea de crisis fuera del horario de atención o durante los fines de semana.
- Sitio web
- Northwest Network: ofrece asesoría, grupos de apoyo, planificación de seguridad y defensa legal para personas lesbianas, bisexuales, gays y trans que actualmente se encuentran en una relación de abuso físico o emocional o que la han dejado.
- 206-568-7777
- Sitio web
- King County Sexual Assault Resource Center (KCSARC): proporciona información, apoyo, asesoría y educación para víctimas de agresión sexual, incluida la defensa confidencial y una línea de crisis las 24 horas para responder preguntas médicas, legales o de otro tipo. Presta servicios a personas de todas las edades.
- 425-226-5062 o 1-888-99-VOICE (86423)
- Sitio web
Para obtener más recursos, visite la página de prevención de violencia doméstica de Public Health de Seattle y el condado de King.
Derechos de las víctimas
Derechos de las víctimas y los testigos de delitos (sección 7.69.030 del Revised Code of Washington [RCW])
Si usted es víctima de un delito, sobreviviente de una víctima de un delito o testigo de un delito, el State of Washington establece que se harán esfuerzos razonables para garantizarle los siguientes derechos:
- Con respecto a las víctimas de delitos violentos o sexuales, el derecho a recibir una declaración escrita sobre los derechos de las víctimas de delitos enumerados en la sección 7.69.030 del RCW al denunciar un delito, así como información del programa local de víctimas y testigos de delitos, si dicho programa existe.
- El derecho a ser informado del resultado final del caso.
- El derecho a ser notificado de cambios en las fechas de audiencia para las cuales ha sido citado.
- El derecho a recibir la protección disponible contra daños y amenazas de daño que surjan de la cooperación con las fuerzas del orden y los esfuerzos de enjuiciamiento.
- El derecho a recibir los honorarios de testigos a los que tenga derecho.
- Siempre que sea posible, el derecho a contar con una zona de espera segura durante los procedimientos judiciales.
- El derecho a que se le devuelva cualquier propiedad personal robada u otra propiedad personal utilizada como prueba lo antes posible después de que finalice el caso.
- El derecho a que alguien intervenga ante su empleador si es necesario cuando usted deba comparecer ante el tribunal.
- El derecho a tener acceso a asistencia médica inmediata. En cuanto a las víctimas de violencia doméstica, agresión sexual o acoso (o a sus familiares), el derecho a que se le permita una licencia laboral razonable para ocuparse de cuestiones legales, recibir tratamiento médico u obtener otros servicios necesarios.
- Con respecto a las víctimas de delitos violentos y sexuales, el derecho a tener un defensor de víctimas de delitos o una persona de apoyo presente en cualquier entrevista de fiscalía o defensa, o en procedimientos judiciales relacionados, para apoyo emocional.
- El derecho a estar presente en el tribunal durante el juicio o después de que se haya prestado testimonio y ya no sea necesario declarar nada más.
- El derecho a ser informado de la fecha, la hora y el lugar del juicio, y de la audiencia de sentencia por delitos graves.
- El derecho a presentar una declaración o un informe sobre el perjuicio sufrido por la víctima al tribunal.
- El derecho a presentar declaración, personalmente o por representación, en la audiencia de sentencia por delitos graves.
- El derecho a que el tribunal ordene la restitución en todos los casos de delitos graves, si corresponde.
- El derecho a presentar declaración en cualquier audiencia sobre una solicitud de indulto o conmutación de pena.
Derechos de los niños víctimas y testigos (sección 7.69A.030 del RCW)
Además de los derechos que se han otorgado a todas las víctimas y testigos de delitos, la ley de Washington exige que se hagan esfuerzos razonables para garantizar los siguientes derechos para los niños víctimas y testigos menores de dieciocho años.
- Con respecto a los niños víctimas de delitos violentos o sexuales, o de abuso infantil, el derecho a recibir una declaración escrita de los derechos de los niños víctimas según se enumeran en la sección 7.69A.030 del RCW, así como información del programa local de víctimas/testigos de delitos, si dicho programa existe.
- El derecho a que todos los procedimientos se expliquen en un lenguaje fácilmente comprensible para el niño.
- Con respecto a los niños víctimas de delitos sexuales o violentos, o de abuso infantil, el derecho a que un defensor de víctimas de delitos o cualquier otra persona de apoyo esté presente en cualquier entrevista de fiscalía o defensa para proporcionarles apoyo emocional.
- El derecho a no revelar, sin permiso, los nombres, las direcciones o las fotografías del niño víctima o testigo a ninguna agencia fuera del sistema de justicia penal.
- Siempre que sea posible, el derecho a que se proporcione un área de espera segura durante los procedimientos judiciales y que un defensor o persona de apoyo permanezca con el niño antes y durante cualquier procedimiento judicial.
- El derecho a permitir que un defensor haga recomendaciones al fiscal sobre la capacidad del niño para cooperar con el procesamiento y el efecto potencial del proceso en el niño.
- El derecho a permitir que un defensor informe al tribunal sobre la capacidad del niño para comprender la naturaleza del procedimiento.
- El derecho a recibir información y remisiones a agencias de servicios sociales para ayudar al niño o a la familia del niño con el impacto emocional del delito y los procedimientos legales.
- El derecho a permitir que un defensor esté presente en el tribunal para brindar apoyo emocional al niño durante el testimonio.
- El derecho a informar al tribunal sobre la necesidad de contar con otras personas de apoyo presentes durante el testimonio del niño.
- El derecho a permitir que los organismos encargados de hacer cumplir la ley contraten los servicios de otro personal profesional, como los servicios de protección infantil, defensores de víctimas o personal de fiscalía capacitado para entrevistar a niños víctimas.
Más información sobre los derechos de las víctimas (sección 10.99.030(7) del RCW)
SI USTED ES VÍCTIMA DE VIOLENCIA DOMÉSTICA, puede pedirle al fiscal de la ciudad o del condado que presente una denuncia penal. También tiene derecho a presentar una petición en una sede de los tribunales superiores, de distrito o municipales para solicitar una orden de protección contra abuso doméstico, que podría incluir cualquiera de las siguientes medidas:
- Una orden que impida que su agresor cometa más actos de abuso.
- Una orden que obligue a su agresor a abandonar su hogar.
- Una orden que impida que su agresor ingrese a una residencia, escuela, negocio o lugar de trabajo.
- Una orden que le otorgue a usted o al otro padre la custodia o el régimen de visitas de sus hijos menores bajo su custodia.
- Una orden que impida que su agresor se ponga en contacto o se entrometa con niños menores bajo su custodia, o que los acose sexualmente.
Los formularios que necesita para obtener una orden de protección están disponibles en cualquier tribunal municipal, de distrito o superior, o en el King County Prosecuting Attorney’s Protection Order Advocacy Program.
Protección a las víctimas en viviendas de alquiler (sección 59.18.575 del RCW)
Las víctimas de violencia doméstica, agresión sexual o acecho podrán rescindir sus contratos de alquiler. Para hacerlo, la deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acecho (o que haya un integrante del hogar que sea víctima de los delitos anteriores).
- Tener una orden de protección válida o haber denunciado la violencia a un tercero calificado (por ejemplo, la policía), y que ese tercero le haya proporcionado a la víctima un registro escrito y firmado del informe.
- Presentar la solicitud de rescisión dentro de los 90 días posteriores al incidente violento.
Licencia por violencia doméstica: víctimas y familiares (sección 49.76.030 del RCW)
Un empleado puede tomar una licencia del trabajo por un tiempo razonable con los siguientes fines:
- Buscar asistencia legal o recursos para el empleado o sus familiares, incluida la preparación para cualquier procedimiento legal civil o penal relacionado con violencia doméstica, agresión sexual o acecho, o la participación en él.
- Buscar tratamiento por lesiones físicas o mentales causadas por violencia doméstica, agresión sexual o acecho, ya sea para el propio empleado o para sus familiares.
- Obtener o ayudar a un integrante de la familia a obtener servicios de un refugio para víctimas de violencia doméstica, un centro de crisis por violación u otro programa de servicios sociales para aliviar la violencia doméstica, la agresión sexual o el acecho.
- Obtener o ayudar a un integrante de la familia a obtener asesoría de salud mental en relación con un incidente de violencia doméstica, agresión sexual o acoso.
- Participar en la planificación de seguridad, reubicarse o tomar otras medidas para aumentar la seguridad del empleado o de sus familiares frente futuros casos de violencia doméstica, agresión sexual o acoso.
Órdenes de protección y órdenes de prohibición de contacto
¿Qué es una orden de prohibición de contacto?
1. Si una persona es arrestada o acusada de un delito relacionado con la violencia doméstica, se puede emitir una orden de prohibición de contacto para impedir que la persona se comunique con usted. Al emitir una orden de prohibición de contacto, el juez considera la opinión del fiscal y de la víctima, las cuestiones de seguridad y los antecedentes penales del acusado, así como el historial de abuso. El juez puede emitir una orden de prohibición de contacto ya sea que usted la solicite o no. Comuníquese con su defensor para conversar acerca de sus decisiones.
2. Si se emite una orden de prohibición de contacto, se le enviará una copia. Si no está seguro de si se emitió una orden de prohibición de contacto o si no ha recibido su copia, comuníquese con su defensor o con el fiscal.
3. La infracción de una orden de prohibición de contacto constituye un delito. Es responsabilidad del acusado cumplir con dicha orden. Incluso si usted propusiera el contacto, el acusado podría ser arrestado y acusado de delitos adicionales. Si se ha infringido una orden de prohibición de contacto, llame al 911 de inmediato.
¿Qué es una orden de protección civil?
Para obtener más información sobre los diferentes tipos de órdenes de protección, visite el sitio web de Washington State Courts.
Las víctimas de violencia doméstica pueden presentar una petición judicial para una orden de protección civil, la cual no implica cargos policiales ni penales. Si se otorga, a través de una orden de protección civil se pueden tomar las siguientes medidas:
- Prohibir el contacto de cualquier tipo.
- Sacar a la parte restringida de una residencia compartida.
- Otorgar la custodia temporal de los hijos y fijar horarios de visitas.
- Ordenar a la persona restringida que reciba tratamiento o asesoría.
- La orden se puede adaptar para satisfacer las necesidades individuales.
Las peticiones de órdenes de protección civil se pueden presentar en cualquier sede del King County Superior Court, del King County District Court o de cualquier otro tribunal superior o de distrito del estado de Washington.
La King County District Court - East Division está ubicada en la siguiente dirección:
1309 114th Ave. S.E., Suite 100
Bellevue, WA 98004
Los formularios para solicitar órdenes de protección se pueden conseguir en la Superior Court Clerk's Office, en la sala 378-W (3.er piso); por internet, en el sitio web de Washington State Courts; o llamando al 206-296-7870.
Para obtener más información, diríjase a la oficina del Protection Order Advocacy Program, en la sala E-223; visite su sitio web o llame al 206-477-1103.
(Los defensores explicarán el proceso, brindarán asistencia para completar los formularios y acompañarán al solicitante al proceso judicial).
¿Por qué el tribunal emitió una orden de prohibición de contacto?
La sección 10.99.040 del RCW establece que, debido a la probabilidad de que se repita la violencia, el tribunal puede emitir una orden de prohibición de contacto por violencia doméstica cuando cualquier persona es arrestada o acusada de un delito de violencia doméstica.
No quiero una orden de prohibición de contacto. ¿Puedo comunicarme con el demandado?
Es decisión del juez imponer una orden de prohibición de contacto por violencia doméstica. Es importante recordar que la orden es contra el acusado y que es su responsabilidad cumplirla. Si el acusado participa en cualquier comunicación en contra de la orden, aunque no la haya iniciado, puede enfrentar sanciones graves, que incluyen revocación de la libertad, desacato al tribunal y cargos penales adicionales.
¿Qué pasa si hay más de una orden de prohibición de contacto contra el acusado?
Los jueces de la King County District Court - East Division, Bellevue, no pueden cambiar ni cancelar órdenes emitidas por otro tribunal. La parte solicitante debe acudir a cada tribunal de manera individual para solicitar que se modifique o se cancele una orden. Recuerde que, a menos que se hayan cancelado todas las órdenes, el acusado sigue en peligro de recibir cargos por un nuevo delito si se produce algún contacto.
¿Cómo solicito que un juez cambie o cancele una orden de prohibición de contacto por violencia doméstica?
Primero, debe presentar un formulario completo titulado “Protected Person’s Motion to Modify/Rescind Domestic Violence No-Contact Order” (Moción de la persona protegida para modificar o rescindir la orden de prohibición de contacto por violencia doméstica).
Una vez recibida la moción, el tribunal programará una audiencia y se notificará al acusado y a los abogados la fecha de la audiencia. En la audiencia, tendrá la oportunidad de hablar con el juez y explicarle por qué la orden debe cancelarse (“rescindirse”) o cambiarse (“modificarse”).
¿Qué sucede en la audiencia?
El tribunal escuchará las razones por las que usted desea que se cambie o cancele la orden de prohibición de contacto. El tribunal también puede escuchar al acusado (si está presente) y a los fiscales (si hay cargos penales pendientes). Si no se presenta, su solicitud puede ser denegada. Es posible que no se le permita discutir los hechos del caso en esta audiencia, ya que se realizará en una fecha diferente. Es posible que le pregunten si tiene un plan de seguridad implementado.
¿Qué información considerará el juez al escuchar mi moción?
El tribunal considerará muchos factores al decidir si cambiar o cancelar la orden, incluidos los siguientes:
- Si el acusado tiene antecedentes penales o antecedentes de violencia doméstica.
- Si el acusado tiene antecedentes de infringir órdenes judiciales, incluidas las de arresto.
- La naturaleza del delito.
- El estado del caso.
- El cumplimiento por parte del acusado de las condiciones de su liberación o de libertad condicional.
- Si hay nuevas infracciones.
- Letalidad y otros factores que indiquen violencia futura.
- Cualquier otro factor relevante.
Presentar o retirar cargos
Los oficiales de policía que responden a incidentes de violencia doméstica deben completar un informe policial, independientemente de que se produzca o no un arresto. La City Attorney’s Office revisará el informe policial para determinar si presenta cargos o no. Si lo hace, solo el fiscal tiene autoridad para retirarlos. Un juez debe aprobar la solicitud del fiscal para desestimar un caso; la víctima es testigo de la Ciudad y no tiene autoridad para retirar cargos. En muchos casos, la Ciudad procesará un caso, incluso si la víctima se niega a testificar.
La City Attorney’s Office puede optar por no presentar cargos; en ese caso, se notificará a la víctima de la decisión.
Defensor de víctimas de violencia doméstica
¿Cómo ayuda el defensor de víctimas domésticas?
En el sistema de justicia penal, el defensor de víctimas de violencia doméstica es un profesional que trabaja con la fiscalía o el departamento de policía para brindar apoyo e información durante los procedimientos penales. El defensor puede brindarle información sobre su caso, sobre violencia doméstica y sobre opciones de seguridad. Además, puede remitirlo a programas de defensa comunitaria y otros servicios. El defensor también puede brindarle su opinión al fiscal en materia de cuestiones de seguridad, órdenes de prohibición de contacto y otros asuntos. Es importante que el abogado y el fiscal se mantengan al tanto de su dirección y número de teléfono actuales para que puedan informarle sobre lo que está sucediendo con su caso, si usted lo solicita.
- Llame al defensor de víctimas de violencia doméstica de la City of Bellevue: 425-452-4237
Supervisión y asesoría de libertad condicional
Los acusados que son condenados por delitos de violencia doméstica suelen ser puestos en libertad condicional supervisada. El personal del Bellevue Probation Department tiene formación especializada en violencia doméstica. Los consejeros de libertad condicional supervisan la finalización de los programas de tratamiento o asesoramiento ordenados por el tribunal. Los acusados se presentan periódicamente ante el servicio de libertad condicional hasta que se establezca bien el cumplimiento del tratamiento.
Con frecuencia, el tribunal ordena a los acusados que completen un programa de tratamiento de violencia doméstica certificado por el estado o una terapia de reconciliación moral para casos de violencia doméstica. Los acusados deben pagar el tratamiento.
Además del tratamiento por violencia doméstica, o en su lugar, el juez puede ordenar tratamiento por alcoholismo o drogadicción, asesoría individual, clases para padres o tratamiento de perversiones sexuales.
BELLEVUE PROBATION:
Bellefield Office Park
1309 114th Avenue SE
Bellevue, WA 98004
Probation Office - Suite 200
King County District Court - East Division, Bellevue - Suite 100
425-452-6965
Arresto obligatorio
La ley exige que un oficial de policía que responda a un incidente de violencia doméstica realice un arresto si tiene motivos fundados para creer que se cometió una agresión por violencia doméstica u otro delito grave de violencia doméstica en las cuatro horas anteriores.
Si el oficial determina que integrantes de la familia o del hogar se han agredido entre sí, arrestará a la persona que crea que es el agresor principal. La ley estatal también exige el arresto obligatorio por infracciones de las órdenes de prohibición de contacto y las órdenes de protección civil.
Una persona arrestada por un delito de violencia doméstica, por lo general, permanecerá en la cárcel hasta que comparezca ante un juez, algo que suele ocurrir al día siguiente. El tribunal puede exigir que un acusado de violencia doméstica firme una orden de prohibición de contacto como condición para ser liberado de la cárcel antes del juicio.
Antes de procesar a los acusados, el defensor de violencia doméstica intentará comunicarse con las víctimas para determinar si desean que se emita una orden de prohibición de contacto.